¿Será obligatoria para las empresas la divulgación de la huella de carbono? La respuesta corta es «sí, muy probablemente». La versión más larga y matizada de la respuesta se encuentra en este artículo.
La Unión Europea se ha fijado la ambición de llegar a ser climáticamente neutra en 2050, como se indica en el Pacto Verde. Para lograr este objetivo, las emisiones netas deben reducirse en un 55% para 2030, en comparación con los niveles de 1990. Estas ambiciones y objetivos se han plasmado en la Ley Europea del Clima, y las medidas concretas para alcanzarlos se recogen en el Paquete «Adecuado para 2015». Simultáneamente, la UE adoptó el Reglamento sobre Taxonomía y el Paquete de Financiación Sostenible, respectivamente para tener una definición común de lo que es «sostenible desde el punto de vista medioambiental» y dirigir el flujo de dinero hacia actividades sostenibles.
Dentro de estas grandes iniciativas legislativas, existe o se está elaborando una legislación muy concreta sobre la huella de carbono. Este artículo ofrece una visión general de esta legislación a nivel europeo, por orden cronológico. Abróchate el cinturón para una sopa de letras.
![La divulgación de la huella de carbono será obligatoria para las empresas.](https://www.carbonaltdelete.eu/wp-content/uploads/2022/12/blog_carbon_footprint_regulation-1024x769.jpg)
Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE)
Qué es El RCCDE es una piedra angular de la política climática europea. Es un sistema de límites máximos y comercio de emisiones de carbono de los grandes agentes industriales y de la aviación intraeuropea. La Unión Europea impone un límite máximo a las emisiones anuales de carbono (es decir, un tope) a partir del cual los agentes industriales compran y comercian con permisos para emitir carbono. De este modo, se pone precio a las emisiones de carbono y las empresas contaminantes tienen un incentivo para reducir sus emisiones. Todos los agentes industriales cubiertos por este sistema deben notificar sus emisiones de carbono a la Unión Europea, junto con los correspondientes permisos de emisión adquiridos. El límite actual del RCCDE es de unas 1.500 MtCO2e al año, a un precio de 60 euros por tCO2e.
Quién | El RCCDE cubre las emisiones directas de gases de efecto invernadero (es decir, las emisiones de alcance 1) de las instalaciones industriales con una potencia térmica nominal de al menos 20 MW. Esto incluye unas 11.000 instalaciones individuales en Europa, como centrales eléctricas, refinerías de petróleo y acerías. Desde 2012, también la aviación intraeuropea está incluida en el RCCDE.1 Actualmente, la Comisión Europea está debatiendo la ampliación del RCCDE al transporte y los edificios. Esto reforzaría la posición del RCCDE como principal política climática europea.
Cuándo | El RCCDE se puso en marcha en 2005 como el primer y mayor sistema internacional de comercio de emisiones del mundo. Legalmente, el RCCDE estará vigente hasta 2030, después de lo cual los legisladores deberán prorrogar el sistema. Sin embargo, en general se acepta que el RCCDE seguirá siendo un instrumento político fundamental para conseguir la neutralidad climática en 2050.
Directiva de información no financiera (NFRD)
Qué | La NFRD fue la primera ley de la UE que obligaba a las empresas a revelar información sobre una serie de parámetros no financieros relacionados con la sostenibilidad, como cuestiones medioambientales, sociales, trato a los empleados, derechos humanos y diversidad. Como parte de la NFRD, la Comisión Europea publicó directrices para ayudar a las empresas a revelar información relacionada con el clima, como su huella de carbono. Sin embargo, estas directrices no son obligatorias y las empresas pueden decidir utilizar las directrices nacionales según su propio entorno empresarial.
Quién | El NFRD se aplica a las grandes empresas de interés público con más de 500 empleados. Las empresas de interés público son empresas que cotizan en bolsa, bancos y aseguradoras. Como tal, el NFRD cubre aproximadamente 11.700 empresas europeas.
Cuándo | El NFRD se adoptó en 2014 a nivel europeo y entró en vigor en todos los Estados miembros de la UE en 2018.
Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR)
Qué es La SFDR forma parte del paquete de medidas sobre finanzas sostenibles y pretende crear transparencia y coherencia en los informes de sostenibilidad de los productos financieros. Este reglamento obliga a las instituciones financieras a divulgar los resultados en materia de sostenibilidad de sus productos (por ejemplo, los fondos de acciones) y sus propios riesgos de sostenibilidad (por ejemplo, las carteras de préstamos). Una parte fundamental de los requisitos de información de la SFDR será una huella de carbono completa de las inversiones realizadas por la institución financiera. Una consecuencia de todo esto es que las instituciones financieras empiezan a cooperar estructuralmente con consultores de sostenibilidad (por ejemplo, las asociaciones entre KBC y Encon y BNP Paribas y Climact).
Quién | El SFDR se aplica a las instituciones financieras activas en Europa, como bancos, aseguradoras, gestores de activos y empresas de inversión.
Cuándo | El SFDR se adoptó en noviembre de 2019 y entró en vigor en marzo de 2021. Sin embargo, los detalles técnicos exactos no llegarán hasta enero de 2022 en la Norma Técnica Reglamentaria (por ejemplo, detalles sobre la notificación de emisiones de alcance 3). Por tanto, las instituciones financieras se encuentran actualmente en una especie de periodo de rodaje. El primer informe SFDR tendrá lugar en 2023 para el año 2022.
Directiva relativa a los informes sobre la sostenibilidad de las empresas (DSCE)
Qué es La DRSC es una ampliación de la Directiva sobre información no financiera (DRNF, véase más arriba) en varios aspectos. Aumenta la importancia de esta última en varios frentes. En primer lugar, más empresas tendrán que informar sobre aspectos no financieros (véase el párrafo siguiente) y refuerza los requisitos de información con la introducción del concepto de doble materialidad . Esto exige que las empresas informen sobre toda la información relacionada con el clima necesaria para comprender los impactos externos de la empresa. En la práctica, esto significa informar sobre las emisiones de carbono y los objetivos, y también obliga a las empresas a proporcionar una garantía limitada de esta información no financiera. Por último, la nueva directiva ordena a las empresas que presenten sus informes no financieros en un formato electrónico similar al utilizado para los informes financieros. Como tal, está claro que la divulgación de la huella de carbono será una parte clave de los requisitos de información de la DSCE. Además, la elaboración de la huella de carbono basada en Excel llegará a su fin debido a los requisitos de garantía y presentación electrónica de informes.
Quién | El CSRD se aplica a todas las grandes empresas de Europa, así como a todas las empresas que cotizan en mercados regulados (excepto las microempresas cotizadas). Las grandes empresas son empresas que cumplen al menos 2 de las siguientes condiciones: 250 empleados o más, 40 millones de euros o más de activos totales. De este modo, la Directiva sobre información no financiera abarcará cerca de 50.000 empresas europeas (frente a las 11.700 empresas cubiertas por la Directiva sobre información no financiera).
Cuándo | El CSRD se adoptó en abril de 2021. Los detalles técnicos de la información se adoptarán a finales de 2022 en las Normas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad. Se espera un primer borrador de normas para mediados de 2022. La primera presentación de informes sobre el CSRD tendrá lugar en 2024 para el año 2023.
[1] Los vuelos intercontinentales con origen o destino en la UE quedaron excluidos del RCCDE, tras las feroces protestas políticas de varios países no europeos, entre ellos Estados Unidos y China. Las emisiones de estos vuelos se regulan desde este año a través de la agencia de la ONU OACI (es decir, la Organización de Aviación Civil Internacional) y su programa CORSIA (es decir, el Sistema de Compensación y Reducción de Emisiones de Carbono para la Aviación Internacional).